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Publicado el 28-06-2010 por José María Carpena, abogado.
Soy director de recursos humanos de una mediana empresa y quería saber si tras la reforma laboral el coste del despido queda reducido a 33 días de salario por año de servicio y cómo tendría que consignar si reconozco la improcedencia.
La reforma es aplicable desde el 18 de junio, salvo en algunas materias en las que el Real Decreto establece un plazo mayor. Respecto al coste de los despidos, cuando éstos se reconocen improcedentes en situaciones habituales por motivos disciplinarios, la indemnización continúa siendo de 45 días de salario por año de servicio.
La de 33 días sólo tiene aplicación en supuestos en los que el trabajador despedido tuviera un contrato de fomento de la contratación indefinida y que el cese se base en causas objetivas y sea reconocido improcedente por el empresario o declarado así judicialmente.
Si lo reconoces como improcedente, debes consignar en el juzgado la diferencia entre la indemnización de 25 días propia del despido objetivo y aquella en la que el Fogasa se hace responsable directo, aunque esto puede ser objeto de discusión. En cualquier caso tienes que ser consciente que estos despidos tienen un coste adicional, ya que hay que conceder o abonar un preaviso de quince días.