
Burocracia
Publicado el 06-11-2009 por E&E. Madrid.
Jacobo Martínez, socio de Eversheds Lupicinio, explica cuáles son los trámites legales para empezar a trabajar por cuenta propia.
Ante las últimas previsiones económicas, que auguran recesión en España hasta el año 2011, y una tasa de desempleo superior al 20% en el año 2010, se incrementa el interés de ciertos profesionales, con dificultades para el acceso al mercado laboral por cuenta ajena, por las condiciones de acceso a la actividad por cuenta propia como trabajadores autónomos.
Tal circunstancia afecta, en mayor medida, a aquellos profesionales con derecho a la prestación por desempleo, debido a la posibilidad de capitalizar la citada pensión contributiva, percibiendo gran parte de la misma a tanto alzado, siempre que dicha cuantía se relacione justificadamente con una inversión en la actividad como autónomo, pudiéndose destinar el resto de la prestación a sufragar las cuotas de Seguridad Social dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Sin embargo, los datos objetivos nos muestran como en los dos últimos años, el número de abandono en su actividad de autónomos ha sido superior al 30% en los dos últimos años, con un saldo negativo en relación con las nuevas altas y bajas realizadas durante al año 2009, problema que se intensifica con las continuas y abundantes reivindicaciones del colectivo de autónomos.
En este contexto, procedemos a exponer, en primer lugar, los trámites para acceder a la condición de trabajador autónomo para, posteriormente, detallar los obstáculos con los que se vienen encontrando los citados profesionales para desarrollar su actividad.
Trámites para acceder a la condición de trabajador autónomo
El primer requisito para que una persona se constituya como trabajador autónomo es que la misma cuente con mayoría de edad o sea menor emancipado (con las limitaciones previstas en el artículo 323 del Código Civil), sin incapacitación judicial.
De forma adicional, deberán cumplirse una serie de trámites formales que exponemos a continuación:
a) Trámites fiscales
-Alta en el censo de Hacienda.
Será necesaria la presentación de un modelo oficial 036 ó 037 (modelo simplificado), en el que se indicará el IAE y obligaciones tributarias, debiéndose presentar el mismo, acompañado del DNI o CIF (para sociedades), antes del inicio de la actividad, en la Administración de Hacienda o Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal de la empresa.
-Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
Será necesaria la presentación de la misma en la Delegación de Hacienda o en el Ayuntamiento de la localidad donde se va a ejercer la actividad, en los territorios donde no corresponde la gestión de este Impuesto a la Hacienda Estatal, en el plazo máximo de 10 días hábiles; las personas físicas, sociedades civiles y sociedades mercantiles que tengan un importe neto en la cifra de negocio inferior a 1.000.000 euros, deben realizar el alta en este impuesto sigue siendo obligatorio, a pesar de la exención en el pago del citado impuesto.
b) Trámites en materia de Seguridad Social
En caso de que el trabajador no hubiese cotizado con anterioridad a la Seguridad Social, estará obligado a gestionar su afiliación, presentando un modelo TA 1.
Asimismo, todos los profesionales que deseen desarrollar su actividad por cuenta ajena, deberán gestionar su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en el plazo de los 30 días naturales siguientes al inicio de la actividad, adjuntando fotocopia del D.N.I. y N.I.F. y el Alta en el Impuesto de Actividades Económicas o declaración censal de inicio de actividad (modelo TA 0521, pero en caso de que se trate de un autónomo dependiente, modelo TA 0521 8), debiendo cotizar desde el primer día del mes en que inicia su actividad.
Cuando el proceder opte por contratar a algún trabajador por cuenta ajena, cotizando por el mismo en el Régimen General de la Seguridad Social, será necesario solicitar el número de código de cotización empresarial o número de patronal, mediante la presentación del impreso de inscripción de empresas por duplicados (modelo TA 6 para la cuenta principal, y el modelo TA 7 para sucesivos), DNI del titular, o CIF y Escritura de Constitución si es persona jurídica, y el alta en el I.A.E. (modelo 036 o modelo 037), que deberá registrarse con anterioridad al comienzo efectivo de la relación contractual del trabajador con la empresa, en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Las prestaciones cubiertas por el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos podrán ser, dependiendo de las aportaciones realizadas por el profesional, la asistencia sanitaria, la incapacidad temporal por contingencias comunes, accidente de trabajo y enfermedad profesional, maternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, paternidad, incapacidad permanente y jubilación.
c) Comunicación de Apertura de Centro de Trabajo
Deberá realizarse de forma obligatoria cuando se proceda a la apertura de un nuevo centro de trabajo o se reanude la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia, en el plazo los 30 días siguientes al inicio o reanudación de la actividad, en la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales, con la inclusión de los datos de la empresa, centro de trabajo, plantilla y actividad que se desarrolla.
Asimismo, la diligencia del Libro de Visitas será obligatoria, aún no teniendo trabajadores a cargo, debiéndose disponer de un Libro por cada centro de trabajo.
En caso de que se proceda a la apertura de un local, y/o se realicen obras de mejora o acondicionamiento del mismo, será necesaria la observancia de otros trámites formales, como la licencia municipal de actividades e instalaciones, licencia de obras, comunicación de cambio de titularidad del negocio o la comunicación de cambio de actividad.
Dificultades prácticas y recientes novedades legislativas
El colectivo de autónomos y algunas asociaciones de PYMES han venido solicitando ciertas mejoras al Gobierno y al legislador, relacionadas con los continuos obstáculos con los que se viene encontrando para el desarrollo de su actividad; algunas de las citadas reivindicaciones han tenido acogida por parte de los poderes públicos, pero muchas otras siguen sin encontrar una solución al respecto.